Artículo 263 de Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas · Última reforma de referencia: 24-02-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 263.- Los trabajos que se lleven a cabo con personal, con materiales existentes en el almacén y con el equipo y herramienta propios de las dependencias y entidades, y que sean utilizados para realizar el mantenimiento menor, no deberán considerarse como trabajos por administración directa; por lo tanto, el costo que refleje la realización de éstos deberá excluirse del presupuesto aprobado para obras y servicios e incluirse en sus gastos de operación.
TÍTULO CUARTO DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.