Reglamento federal

Artículo 2 de Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación

Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2. Para efectos del presente Reglamento, además de las definiciones previstas en el artículo 2 de la Ley, se entenderá por:

I. Comité Técnico: el Comité Técnico de Inversión y Administración de la Liquidez a que se refiere el artículo 31 de la Ley;

II. Flujo de Efectivo: las entradas y salidas de efectivo en la Cuenta Corriente y en las cuentas bancarias a nombre de la Tesorería en el Banco de México y en las instituciones de crédito, que resulten de las operaciones de ingresos, egresos y deuda del Gobierno Federal, en un período determinado;

III. Indemnización al Fisco Federal: los intereses o cargas financieras que deberá pagar el Auxiliar que haya concentrado extemporáneamente, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley;

IV. Ley: la Ley de Tesorería de la Federación;

V. Personal de Vigilancia de las Funciones de tesorería: los servidores públicos adscritos a la unidad administrativa competente de la Secretaría para realizar la función de vigilancia de las Funciones de tesorería conforme a su Reglamento Interior, y VI. Recursos y Valores: los recursos financieros y cualquier tipo de activo de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2 de Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación?

Para efectos del presente Reglamento, además de las definiciones previstas en el artículo 2 de la Ley, se entenderá por: I. Comité Técnico: el Comité Técnico de Inversión y Administración de la Liquidez a que se refiere…

¿Está vigente el artículo 2?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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