Artículo 30 de Reglamento de la Ley de Transición Energética
Reglamento de la Ley de Transición Energética · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 30. Para la integración de la información que contendrá el Sistema, la CONUEE a más tardar el 28 de febrero de cada año, emitirá los lineamientos para la entrega de información por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las empresas productivas del Estado, los Usuarios de Patrón de Alto Consumo incluyendo a los Suministradores de energía eléctrica y de combustibles.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.