Artículo 32 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 32.- La exención a que se refiere el artículo anterior no necesita ser comprobada por el interesado. Las autoridades encargadas del reclutamiento la harán valer con vista de la relación que tuvieren en su poder de médicos sujetos a servicio de examen.
CAPITULO V De las excepciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.