Artículo 35 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 35.- Para declarar definitivamente exceptuados de toda obligación militar a los clasificados como inútiles por las Juntas Municipales de Reclutamiento, las oficinas de esa deberán hacer ratificar o rectificar los certificados originales por los medios que juzguen convenientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.