Artículo 39 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 39.- Las causas de excepción se comprobarán:
I.- Las de orden médico por medio de los certificados respectivos;
II.- Las demás utilizando todas las pruebas que autoriza la Legislación Federal, rendidas ante las Autoridades de reclutamiento de la Secretaría de la Defensa Nacional, quienes tendrán facultad para apreciarlas debiendo fundar su resolución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.