Reglamento federal

Artículo 60 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar

Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 60.- Si durante los seis primeros meses del año de servicio de los conscriptos los comprende alguna de las causas determinadas en el artículo 58, los interesados quedarán aplazados y sujetos a las mismas prevenciones establecidas para éstos. Si dichas causas sobrevienen después del indicado lapso, pasarán desde luego a disponibilidad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 60 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar?

Si durante los seis primeros meses del año de servicio de los conscriptos los comprende alguna de las causas determinadas en el artículo 58, los interesados quedarán aplazados y sujetos a las mismas prevenciones…

¿Está vigente el artículo 60?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 06-06-1947. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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