Artículo 38 de Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal · Última reforma de referencia: 04-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 38.- En caso de que la persona superior jerárquica del puesto que se concursa ejerza, de manera fundada y motivada, el veto previsto en el artículo 74 de la Ley, el Comité Técnico de Selección debe elegir, de entre los restantes finalistas, a la persona que ocupará el puesto.
Artículo reformado DOF 04-01-2024
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.