Artículo 87 de Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal · Última reforma de referencia: 04-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 87.- La Secretaría, en coordinación con las dependencias, debe elaborar el Programa Operativo Anual del Sistema, el cual está sujeto a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal que corresponda, y debe contener, como mínimo, los elementos siguientes:
Párrafo reformado DOF 04-01-2024 I. Diagnóstico;
II. Objetivos;
III. Líneas de acción por subsistema, y IV. Metas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.