Artículo 3 de Reglamento de la Ley Federal de Archivos
Reglamento de la Ley Federal de Archivos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3. Para el cumplimiento del artículo 22 de la Ley, las Dependencias y Entidades deberán registrar y notificar el listado de Expedientes desclasificados en el sistema informático que para tales efectos habilitará el Archivo General de la Nación en el sitio de Internet, que incluirá la descripción del documento y la identificación del Expediente al que pertenece.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.