Artículo 11 de Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública
Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública · Última reforma de referencia: 26-11-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 11.- El examen para aspirante se realizará de conformidad con lo siguiente:
I.- Cada sustentante deberá resolver por escrito o por los medios que al efecto establezca la Secretaría el cuestionario correspondiente dentro del tiempo asignado para tal efecto. El cuestionario será elegido por el sustentante de entre cinco sobres cerrados o, en caso de presentarlo mediante los medios electrónicos, de entre cinco archivos electrónicos cerrados que al efecto se le presenten;
Aclaración a la fracción DOF 15-06-1993. Reformada DOF 26-11-2012 II.- El examen podrá ser anulado cuando el sustentante no se sujete a las bases, reglas y material que señale la Secretaría; y III.- La Secretaría revisará y calificará los exámenes, siendo su resolución definitiva.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.