Artículo 16 de Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública
Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública · Última reforma de referencia: 26-11-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 16.- La prueba escrita consistirá en la resolución de un caso práctico de alto grado de dificultad, consistente en un cuestionario que se sujetará a lo dispuesto por las fracciones I y II del artículo 8º de este reglamento, o en la redacción de un acta o póliza. El sustentante seleccionará uno de diez sobres propuestos, debiendo resolver la prueba dentro del tiempo asignado para tal efecto.
Concluida la prueba escrita, el jurado procederá a practicar la prueba oral, la cual consistirá en preguntas e interpelaciones que realicen sus miembros respecto de la prueba escrita y, adicionalmente, sobre toda clase de cuestiones relativas a la función del corredor público.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.