Artículo 52 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 52.- El permisionario requerirá de la autorización de la Secretaría para la celebración de carreras fuera de temporada o que no hayan sido incluidas en la autorización de la temporada. Para la autorización, la Secretaría considerará la opinión y, en su caso, la información que resulte de la verificación técnica que realice el órgano técnico de consulta correspondiente.
SECCIÓN III DE LOS GALGÓDROMOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.