Artículo 54 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 54.- El permisionario autorizado para organizar y realizar el cruce de apuestas en un galgódromo estará sujeto, en lo conducente, a las obligaciones señaladas en las Secciones I y II de este Capítulo.
SECCIÓN IV DE LOS FRONTONES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.