Artículo 21 de Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales · Última reforma de referencia: 23-11-2010 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 21.- En los fines que a los comités o subcomités técnicos especializados les señala el artículo 56 de la Ley, quedan comprendidas las funciones de apoyo al seguimiento de programas especiales, a la instrumentación de los procesos do modernización, al aprovechamiento de equipos e instalaciones y al seguimiento de la atención de las recomendaciones derivadas de las auditorías externas e internas así como las que formulen los comisarios.
En todos los casos los comités o subcomités que se constituyan deberán presentar al órgano de gobierno un informe de los resultados de su actuación.
CAPITULO V De la Operación de las Entidades
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.