Reglamento federal

Artículo 23 de Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales

Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales · Última reforma de referencia: 23-11-2010 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 23.- El órgano de gobierno establecerá los criterios de racionalidad, austeridad y disciplina conforme a los cuales la entidad paraestatal correspondiente deberá ejercer su presupuesto autorizado, en concordancia con los lineamientos de los Presupuestos de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal, en su caso.

El titular de la entidad deberá presentar periódicamente al órgano de gobierno un informe sobre la aplicación de dichos criterios y los resultados obtenidos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 23 de Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales?

El órgano de gobierno establecerá los criterios de racionalidad, austeridad y disciplina conforme a los cuales la entidad paraestatal correspondiente deberá ejercer su presupuesto autorizado, en concordancia con los…

¿Está vigente el artículo 23?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 23-11-2010. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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