Artículo 176 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 176. Para la importación de materias primas sujetas a este Reglamento, la persona física o moral deberá cumplir con la documentación establecida por la Secretaría en la hoja de requisitos zoosanitarios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.