Artículo 178 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 178. Quedarán exentos del Certificado de libre venta las materias primas, muestras para registros o autorización, estándares analíticos, cepas de referencia, antígenos y semillas virales y bacterianas, reactivos y los que determine la Secretaría.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.