Artículo 201 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 201. Con fundamento en el artículo 47 y para los efectos del artículo 110 de la Ley, las personas físicas o morales encargadas de los establecimientos a los que se refiere el artículo 105, fracción XII del referido ordenamiento, podrán ser autorizados dentro del territorio nacional por la Secretaría como Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitarios para importación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.