Artículo 224 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 224. Los médicos veterinarios responsables y terceros especialistas que sean autorizados para coadyuvar con la autoridad en los Establecimientos TIF, serán responsables ante la Secretaría de vigilar el cumplimiento de las disposiciones sanitarias aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.