Artículo 50 de Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada
Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 50.- La aprobación de los citados exámenes será requisito indispensable para mantener vigente la inscripción en el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública y la permanencia del personal operativo como elemento activo del Prestador de Servicios.
TÍTULO SÉPTIMO DE LA SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS Y DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN CAPÍTULO I DE LA QUEJA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.