Artículo 22 de Reglamento de la Ley Federal de Variedades Vegetales
Reglamento de la Ley Federal de Variedades Vegetales · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 22.- Los grupos de apoyo técnico, entre otras funciones, fungirán como peritos en variedades vegetales, opinarán sobre la identificación de cualquier variedad vegetal, así como sobre la distinción, estabilidad y homogeneidad como requisitos de una variedad vegetal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.