Artículo 119 de Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor
Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor · Última reforma de referencia: 14-09-2005 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 119.- Para obtener la autorización para operar una sociedad, se deberá presentar solicitud por escrito, a la que se anexarán:
I. Proyectos de acta constitutiva y estatutos de la sociedad, los cuales deberán:
a) Apegarse a lo establecido por la Ley;
b) Mencionar la rama o categorías de creación cuyos autores y titulares represente o la categoría o categorías de titulares de derechos conexos que la integran, y c) Señalar los órganos de gobierno, administración y vigilancia de la sociedad, así como los nombres de las personas que los integran;
II. Lista de socios iniciales;
III. Catálogos de obras administrados por la sociedad, en su caso, y IV. Protesta de decir verdad del solicitante en relación con los datos contenidos en la solicitud.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.