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Artículo 8 de Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público · Última reforma de referencia: 29-11-2006 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 8.- El SAE contará con los siguientes comités de apoyo:

I. Comité de Bienes Asegurados;

II. Comité de Donaciones, y III. Los demás que, en su caso, se requieran.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 8 de Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 8 de Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público?

El SAE contará con los siguientes comités de apoyo: I. Comité de Bienes Asegurados; II. Comité de Donaciones, y III. Los demás que, en su caso, se requieran.

¿Está vigente el artículo 8?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 29-11-2006. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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