Reglamento federal

Artículo 22 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social · Última reforma de referencia: 28-08-2008 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 22.- Las acciones que se lleven a cabo para la aplicación de la Ley y del presente Reglamento, en las que se ejerzan recursos de carácter federal, se sujetarán a la disponibilidad de recursos que se hayan aprobado para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que tengan a su cargo programas de desarrollo social. Asimismo, se deberán observar la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y demás disposiciones aplicables en materia presupuestaria.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 22 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social?

Las acciones que se lleven a cabo para la aplicación de la Ley y del presente Reglamento, en las que se ejerzan recursos de carácter federal, se sujetarán a la disponibilidad de recursos que se hayan aprobado para tal…

¿Está vigente el artículo 22?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 28-08-2008. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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