Artículo 57 de Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 57.- El Instituto coordinará la actualización del Sistema de Información con los datos que le sean proporcionados por los Organismos Responsables de la INFE en el marco de los convenios que al efecto se celebren.
CAPÍTULO X DE LOS MECANISMOS PARA PREVENIR Y DAR RESPUESTA A LAS CONTINGENCIAS DERIVADAS DE DESASTRES NATURALES, TECNOLÓGICOS O HUMANOS DE LA INFE
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.