Reglamento federal

Artículo 25 de Reglamento de la Ley General de Protección Civil

Reglamento de la Ley General de Protección Civil · Última reforma de referencia: 09-12-2015 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 25. Los servidores públicos de la Administración Pública Federal relacionados con una intervención especializada para la atención de una Emergencia o Desastre, deberán certificar sus capacidades en el marco del Sistema Nacional de Competencias a cargo del Fideicomiso de los Sistemas Normalizado de Competencia Laboral y de Certificación de Competencia Laboral.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 25 de Reglamento de la Ley General de Protección Civil?

Los servidores públicos de la Administración Pública Federal relacionados con una intervención especializada para la atención de una Emergencia o Desastre, deberán certificar sus capacidades en el marco del Sistema…

¿Está vigente el artículo 25?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 09-12-2015. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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