Artículo 25 de Reglamento de la Ley General de Protección Civil
Reglamento de la Ley General de Protección Civil · Última reforma de referencia: 09-12-2015 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 25. Los servidores públicos de la Administración Pública Federal relacionados con una intervención especializada para la atención de una Emergencia o Desastre, deberán certificar sus capacidades en el marco del Sistema Nacional de Competencias a cargo del Fideicomiso de los Sistemas Normalizado de Competencia Laboral y de Certificación de Competencia Laboral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.