Reglamento federal

Artículo 70 de Reglamento de la Ley General de Protección Civil

Reglamento de la Ley General de Protección Civil · Última reforma de referencia: 09-12-2015 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 70. Los programas especiales de Protección Civil tendrán como objetivo establecer estrategias y acciones para la Prevención, la atención de necesidades, el Auxilio y la Recuperación de la población expuesta, bajo un marco de coordinación institucional, de conformidad con el Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Civil y las disposiciones jurídicas aplicables.

Cuando se identifiquen Peligros o Riesgos específicos que afecten a la población, las autoridades de la Administración Pública Federal competentes podrán elaborar programas especiales de Protección Civil en los temas siguientes:

I. Temporada invernal;

II. Temporada de lluvias y huracanes;

III. Temporada de sequía, estiaje e incendios forestales;

IV. Temporadas vacacionales;

V. Desfiles conmemorativos y festejos patrios;

VI. Festejos religiosos y tradicionales;

VII. Incidentes de tránsito terrestre;

VIII. Incidentes marítimos y aéreos;

IX. Incidentes por el manejo de materiales, residuos y desechos peligrosos;

X. Incidentes por la liberación de material radiactivo al medio ambiente;

XI. Concentraciones masivas de personas de índole política, civil, social o diversa, y XII. Las demás que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 70 de Reglamento de la Ley General de Protección Civil?

Los programas especiales de Protección Civil tendrán como objetivo establecer estrategias y acciones para la Prevención, la atención de necesidades, el Auxilio y la Recuperación de la población expuesta, bajo un marco…

¿Está vigente el artículo 70?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 09-12-2015. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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