Artículo 77 de Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud · Última reforma de referencia: 02-04-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 77.- El Manual de Procedimientos al que se refiere el artículo 75 fracción II, de este Reglamento, describirá los siguientes aspectos:
I. Prácticas de laboratorio;
II. Seguridad personal de los empleados;
III. Manejo y mantenimiento de insolaciones y equipos;
IV. Situaciones de emergencia;
Fracción reformada DOF 02-04-2014 V. Restricciones de entrada y tránsito;
VI. Recepción y transporte de materiales biológicos;
Fracción reformada DOF 02-04-2014 VII. Disposiciones de desechos;
VIII. Descontaminación, y IX. Los demás que se consideren necesarios para lograr la seguridad microbiológica.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.