Artículo 20 de Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud · Última reforma de referencia: 17-12-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 20. Los Regímenes Estatales asignarán a cada núcleo familiar, a un centro de salud para su atención primaria y en caso de existir más de una opción, se les brindará la facilidad de elegir su unidad de adscripción.
Artículo reformado DOF 08-06-2011, 17-12-2014
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.