Artículo 26 de Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud · Última reforma de referencia: 17-12-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 26. La acreditación es el resultado de un procedimiento de evaluación inicial de las condiciones bajo las cuales se ejerce la práctica médica con la cual los establecimientos prestadores de servicios de atención médica otorgan los servicios cubiertos por el Sistema. La Secretaría emitirá el Manual para la Acreditación para la aplicación del proceso de evaluación correspondiente.
Artículo reformado DOF 08-06-2011
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.