Artículo 67 de Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico · Última reforma de referencia: 31-10-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 67.- La Secretaría emitirá los lineamientos para la inclusión de las autorizaciones, concesiones y demás permisos de su competencia que se otorguen en las áreas de estudio de los diferentes programas de ordenamiento ecológico en el Subsistema.
CAPÍTULO NOVENO DE LOS COMITÉS DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.