Artículo 17 de Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes · Última reforma de referencia: 31-10-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 17. Para la organización y conservación de los archivos documentales y electrónicos, que contengan la información presentada por los establecimientos sujetos a reporte, se estará a lo dispuesto por los lineamientos y criterios que establecen la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, su Reglamento y demás disposiciones que de ella deriven.
Sección IV De los Lineamientos Técnicos del Registro
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.