Reglamento federal

Artículo 117 de Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República

Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República · Última reforma de referencia: 21-09-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 117. La valoración en conjunto de los exámenes del proceso de evaluación de control de confianza se realizará de la manera siguiente:

I. Al concluir la totalidad de los exámenes del proceso de evaluación, cada una de las áreas de evaluación aportará los indicadores que hubiesen identificado;

II. Se revisará que las evidencias documentales corresponden al evaluado;

III. Previo a la valoración, se identificará en los exámenes los indicadores siguientes:

a) Rasgos y comportamientos;

b) Datos relevantes de su historial personal;

c) Datos relevantes de su historial laboral, y d) Resultado de instrumentos y pruebas aplicadas.

IV. Se revisarán los indicadores que aporte cada uno de los exámenes practicados para apreciar de manera integral a la persona evaluada, y V. Se determinará si las características y los rasgos de la persona evaluada permiten considerar que se apega a los principios de certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad, disciplina y respeto a los derechos humanos, para cumplir con el servicio público.

El resultado de este proceso y la determinación del riesgo de la persona permitirán emitir el resultado único.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 117 de Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República?

La valoración en conjunto de los exámenes del proceso de evaluación de control de confianza se realizará de la manera siguiente: I. Al concluir la totalidad de los exámenes del proceso de evaluación, cada una de las…

¿Está vigente el artículo 117?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-09-2012. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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