Artículo 5 de Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia
Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5. A la Secretaría Técnica están adscritas:
I. La Coordinación Nacional de Antropología;
II. La Coordinación Nacional de Arqueología;
III. La Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural;
IV. La Coordinación Nacional de Difusión;
V. La Coordinación Nacional de Monumentos Históricos;
VI. La Coordinación Nacional de Museos y Exposiciones;
VII. La Dirección de Estudios Históricos;
VIII. La Dirección de la Biblioteca Nacional de Antropología e Historia;
IX. La Escuela Nacional de Antropología e Historia;
X. La Escuela Nacional de Conservación, Restauración y Museografía, y XI. La Escuela de Antropología e Historia del Norte de México.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.