Reglamento federal

Artículo 23 de Reglamento de la Ley que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura

Reglamento de la Ley que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura · Última reforma de referencia: 10-05-2007 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 23.- A efecto de que el Fiduciario pueda descontar títulos de crédito otorgados a favor de las instituciones de banca múltiple, de las uniones de crédito, de los almacenes generales de depósito o de los demás intermediarios financieros no bancarios que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se requiere:

I.- Que los títulos provengan de préstamos y reúnan las condiciones señaladas en este reglamento;

II.- Que, el acreditante se obligue expresamente a seguir vigilando la inversión correcta de los fondos y cuidar y conservar las garantías otorgadas, en los términos del artículo 327, párrafo tercero, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y III.- Que los contratos respectivos se encuentren debidamente inscritos en el Registro Público de Comercio correspondiente.

Artículo reformado DOF 10-05-2007

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 23 de Reglamento de la Ley que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 23 de Reglamento de la Ley que Crea el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura?

A efecto de que el Fiduciario pueda descontar títulos de crédito otorgados a favor de las instituciones de banca múltiple, de las uniones de crédito, de los almacenes generales de depósito o de los demás intermediarios…

¿Está vigente el artículo 23?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 10-05-2007. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.