Reglamento federal

Artículo 7o de Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo

Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 7o.- Si la empresa presenta con posterioridad una declaración anual del impuesto sobre la renta complementaria en la que aumente la renta gravable declarado inicialmente para efectos fiscales, procederá hacer un reparto adicional dentro de un plazo igual al que establece el artículo anterior, mismo que comenzará a computarse a partir del día siguiente a aquél en que fue presentada la declaración complementaria.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 7o de Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo?

Si la empresa presenta con posterioridad una declaración anual del impuesto sobre la renta complementaria en la que aumente la renta gravable declarado inicialmente para efectos fiscales, procederá hacer un reparto…

¿Está vigente el artículo 7o?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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