Código Municipal estatal

Artículo 515 de Se reforma y se derogan incisos del artículo 1156 Bis del Código Municipal de Aguascalientes.

Se reforma y se derogan incisos del artículo 1156 Bis del Código Municipal de Aguascalientes. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Se faculta a la autoridad de los centros de población, así como de los cauces municipal en caso de contravención a lo dispuesto naturales bajo custodia del Municipio, mediante las anteriormente para cancelar la descarga, indepen- siguientes acciones:

dientemente de la aplicación de las sanciones que I. Vigilar que las aguas de los sistemas públicos correspondan. El organismo operador municipal de abastecimiento de las comunidades urbanas y del servicio de agua potable, alcantarillado y sa- rurales reciban tratamiento de potabilización, de neamiento, deberá enviar copia del resultado a la acuerdo a la normatividad vigente; SEMADESU.

II. Elaborar y aplicar los programas necesarios En caso de que la SEMADESU tenga conoci- para prevenir y controlar la contaminación de las miento de la existencia de una descarga fuera de aguas de jurisdicción municipal;

los límites máximos permisibles establecidos en las III. Prevenir y controlar la contaminación que los normas oficiales mexicanas correspondientes, dará servicios públicos municipales pudieran generar, para aviso inmediato al organismo operador municipal del evitar que se afecte la calidad del agua; servicio de agua potable, alcantarillado y saneamien- to para que actúe en consecuencia y le informe del IV. Llevar y actualizar el registro de descargas resultado de las diligencias.

de agua residuales en los sistemas de drenaje y alcantarillado que administre; ARTÍCULO 522.- La apertura de sitios de dis- posición final de residuos, tales como escombro, V. Colaborar con el Estado y la Federación en material de azolve, tierra, materiales pétreos, lodos el control de la calidad de las descargas de aguas provenientes de sistemas de tratamientos de aguas residuales;

residuales que no sean residuos peligrosos y otros VI. Denunciar ante la autoridad competente a similares, deberán ser previamente autorizados por quien realice descargas o vertimientos de aguas con la SEMADESU, para lo cual previamente se debe- materiales peligrosos, radioactivos u otros fuera de rá contar con autorización en materia de impacto su competencia; ambiental emitida por la autoridad correspondiente.

VII. Promover el reuso de aguas residuales trata- Queda prohibida la instalación de sitios de das en la industria, la agricultura y el riego de áreas disposición final de los residuos mencionados en el verdes, cumpliendo con la normatividad ambiental presente artículo, dentro de los cauces y su zona vigente;

federal que han sido dados en custodia al Munici- VIII. Prevenir y controlar la contaminación de pio, en terrenos forestales, áreas de conservación los cauces naturales y arroyos bajo custodia del y zonas de preservación ecológica establecidas en Municipio; y el Programa de Desarrollo Urbano vigente, sitios Pág. 20 (Primera Sección) PERIÓDICO OFICIAL Abril 11 de 2016 RAMSAR, áreas de importancia para la conservación nas, el personal responsable de su funcionamiento de las aves (AICA), así como aquellas que dañen la deberá contar con el conocimiento suficiente para su imagen urbana o el paisaje natural. adecuado funcionamiento y manejo.

Para la selección del sitio de estas instalaciones, ARTÍCULO 527.- No se autorizará en las zonas se deberá privilegiar aquellos predios que hayan habitacionales o colindantes a ellas, así como en funcionado como bancos de materiales, que se los centros escolares y hospitalarios, la instalación encuentren alterados, erosionados o que por sus de establecimientos comerciales, industriales, de características no brinden servicios ambientales servicios y de cualquier otro giro que por sus emisio- prioritarios. nes de gases, partículas, olores, ruidos, vibraciones, energía térmica, radiaciones electromagnéticas y

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 515 de Se reforma y se derogan incisos del artículo 1156 Bis del Código Municipal de Aguascalientes.?

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