Artículo 4 de Actas Finales de la Conferencia de Plenipotenciarios (PP-06) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), firmadas en Antalya, Turquía, el 24 de noviembre de 2006.
Actas Finales de la Conferencia de Plenipotenciarios (PP-06) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), firmadas en Antalya, Turquía, el 24 de noviembre de 2006. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Consejo SUP 58 MOD 60B No concierne al texto español.
PP-02 MOD 73 PP- 7) examinará y aprobará el presupuesto bienal de la Unión, y considerará el 98 PP-02 presupuesto provisional (incluido en el informe de gestión financiera preparado por el Secretario General conforme al número 101 del presente Convenio) para el bienio siguiente a un periodo presupuestario determinado, teniendo en cuenta las decisiones de la Conferencia de Plenipotenciarios en relación con el número 50 de la Constitución y el límite financiero establecido por esa Conferencia de conformidad con lo dispuesto en el * Los instrumentos fundamentales de la Unión (Constitución y Convenio) se considerarán exentos de connotaciones de sexo.
Viernes 9 de marzo de 2012 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)
número 51 de la Constitución, y realizando las máximas economías pero teniendo presente la obligación de la Unión de conseguir resultados satisfactorios con la mayor rapidez posible. Al hacer esto, el Consejo tendrá en cuenta las prioridades definidas por la Conferencia de Plenipotenciarios y expuestas en el Plan Estratégico de la Unión, las opiniones del Comité de Coordinación contenidas en el informe del Secretario General mencionado en el número 86 del presente Convenio y el informe de gestión financiera mencionado en el número 101 del presente Convenio. El Consejo efectuará un examen anual de los ingresos y gastos para realizar los ajustes que estime oportunos, de conformidad con las Resoluciones y Decisiones de la Conferencia de Plenipotenciarios;
MOD 80 PP- 14) efectuará la coordinación con todas las organizaciones internacionales a 94 que se refieren los artículos 49 y 50 de la Constitución y, a tal efecto, concertará en nombre de la Unión acuerdos provisionales con las organizaciones internacionales a que se refieren el artículo 50 de la Constitución y los números 269B y 269C del presente Convenio, y con las Naciones Unidas en aplicación del acuerdo entre esta última y la Unión Internacional de Telecomunicaciones; dichos acuerdos provisionales serán sometidos a la siguiente Conferencia de Plenipotenciarios, de conformidad con el artículo 8 de la Constitución;
SECCIÓN 3
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.