Artículo 50 de Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-07) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), firmadas en Ginebra, Suiza, el 16 de noviembre de 2007.
Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-07) de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), firmadas en Ginebra, Suiza, el 16 de noviembre de 2007. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de agosto de 2012 Horarios de las estaciones MOD COM/4/380/70 (B17/404/31)
50.4 2) El horario de servicio se notificará a la Oficina de Radiocomunicaciones para su publicación en el Nomenclátor de las estaciones costeras y las estaciones que efectúan servicios especiales (Lista IV). (CMR-07)
MOD COM/4/380/71 (B17/404/32)
50.5 § 4 Las estaciones costeras cuyo servicio no sea permanente no podrán darlo por terminado sin haber finalizado todas las operaciones resultantes de una llamada de socorro o una señal de urgencia o de seguridad. (CMR-07)
SUP COM/4/380/72 (B17/404/33)
50.6 a 50.9
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.