Artículo 1 de Acuerdo de Cooperación en materia de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Reública de Colombia
Acuerdo de Cooperación en materia de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Reública de Colombia · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO I OBJETO Y ALCANCE DEL ACUERDO 1. El objeto del presente Acuerdo es incrementar la cooperación entre las Partes en la lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas entendiendo por éste lo que dispone el artículo 1o. de la Convención al definir tráfico ilícito.
2. Las Partes, en observancia de sus respectivos ordenamientos jurídicos internos, darán cumplimiento a las obligaciones contraídas en virtud del presente Acuerdo.
3. Las Partes cumplirán sus obligaciones derivadas del presente Acuerdo conforme a los principios de no intervención en asuntos internos, igualdad soberana y respeto a la integridad territorial de los Estados.
4. Una Parte no ejercerá en el territorio de la otra Parte, competencias ni funciones que hayan sido reservadas exclusivamente a las autoridades de esa otra Parte por su derecho interno.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.