Tratado internacional

Artículo 1 de Acuerdo de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina para los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear, firmado en la ciudad de Buenos Aires, el 4 de julio de 2002.

Acuerdo de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina para los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear, firmado en la ciudad de Buenos Aires, el 4 de julio de 2002. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO I El presente Acuerdo tiene como objetivo propiciar la cooperación entre las Partes para el desarrollo y la aplicación de los usos pacíficos de la energía nuclear e incentivar la cooperación comercial, de conformidad con las necesidades y prioridades de sus respectivos programas nucleares y en observancia de los compromisos internacionales asumidos por sus Gobiernos.

Miércoles 20 de febrero de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1 de Acuerdo de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina para los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear, firmado en la ciudad de Buenos Aires, el 4 de julio de 2002.?

El presente Acuerdo tiene como objetivo propiciar la cooperación entre las Partes para el desarrollo y la aplicación de los usos pacíficos de la energía nuclear e incentivar la cooperación comercial, de conformidad con…

¿Está vigente el artículo 1?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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