Artículo 4 de Acuerdo de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina para los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear, firmado en la ciudad de Buenos Aires, el 4 de julio de 2002.
Acuerdo de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina para los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear, firmado en la ciudad de Buenos Aires, el 4 de julio de 2002. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO IV En el término de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, las Partes designarán a sus respectivas Autoridades de aplicación, encargadas de coordinar la cooperación que el mismo prevé.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.