Artículo 3 de Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Popular China, firmado en la Ciudad de México el 30 de julio de 2010.
Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Popular China, firmado en la Ciudad de México el 30 de julio de 2010. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO III COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES Con el fin de dar cumplimiento al objetivo del presente Acuerdo, las Partes se informarán mutuamente, por las vías oficiales que designe cada una de Ellas, sobre cualquier cambio en sus sistemas educativos nacionales, en especial sobre la expedición de certificados, títulos o grados académicos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.