Tratado internacional

Artículo 9 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos a Nivel Primaria, Secundaria y Medio Superior o sus Equivalentes, firmado en la ciudad de Guatemala, el 26 de octubre de 2009.

Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos a Nivel Primaria, Secundaria y Medio Superior o sus Equivalentes, firmado en la ciudad de Guatemala, el 26 de octubre de 2009. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO IX El presente Acuerdo entrará en vigor treinta (30) días después de la fecha de la última notificación por medio de la cual las Partes se comuniquen por escrito, a través de la vía diplomática, haber cumplido con los requisitos legales internos en cada país para tal efecto.

El presente Acuerdo tendrá una vigencia de cinco (5) años, prorrogables automáticamente por períodos de igual duración, a menos que cualquiera de las Partes decida darlo por terminado, mediante comunicación por escrito, dirigida a la Otra por la vía diplomática, con seis (6) meses de antelación.

El presente Acuerdo podrá ser modificado por mutuo consentimiento, a solicitud de cualquiera de las Partes. Las modificaciones entrarán en vigor treinta (30) días después de la fecha de la última notificación por medio de la cual las Partes se comuniquen por escrito, a través de la vía diplomática, haber cumplido con los requisitos legales internos en cada país para tal efecto.

Los trámites pendientes al momento de la terminación del presente Acuerdo, serán concluidos de conformidad con el mismo.

Firmado en la ciudad de Guatemala, el veintiséis de octubre de dos mil nueve, en dos ejemplares originales en idioma español, siendo ambos textos igualmente auténticos.

Por los Estados Unidos Mexicanos: la Secretaria de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano.- Rúbrica.- Por la República de Guatemala: el Ministro de Relaciones Exteriores, Haroldo Rodas Melgar.- Rúbrica.

La presente es copia fiel y completa del Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos a Nivel Primaria, Secundaria y Medio Superior o sus Equivalentes, firmado en la ciudad de Guatemala, el veintiséis de octubre de dos mil nueve.

Extiendo la presente, en siete páginas útiles, en la Ciudad de México, el veintinueve de enero de dos mil trece, a fin de incorporarla al Decreto de Promulgación respectivo.- Rúbrica.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 9 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos a Nivel Primaria, Secundaria y Medio Superior o sus Equivalentes, firmado en la ciudad de Guatemala, el 26 de octubre de 2009.?

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¿Está vigente el artículo 9?

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