Código Administrativo estatal

Artículo 106 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son obligaciones de los trabajadores:

I.- Desempeñar sus labores sujetándose a la dirección de sus jefes inmediatos y ejecutándolas con la intensidad, cuidado y esmero apropiado, en forma, tiempo y lugar convenido;

II.- Observar buenas costumbres durante el servicio;

III.- Cumplir con las obligaciones que les imponga el reglamento respectivo;

IV.- Guardar reserva en los asuntos de que tengan conocimiento con motivo de su trabajo;

V.- Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compañeros;

VI.- Rendir la protesta formal de cumplir y, en su caso, hacer cumplir la Constitución Federal, la particular del Estado y todas las leyes que de ellas emanen;

VII.- Asistir puntualmente a sus labores, quedando terminantemente prohibido abandonar el local o lugar donde preste sus servicios, sin la autorización previa del jefe o Subjefe de la Dependencia;

VIII.- No hacer propaganda de ninguna clase durante las horas de trabajo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 106 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Son obligaciones de los trabajadores: I.- Desempeñar sus labores sujetándose a la dirección de sus jefes inmediatos y ejecutándolas con la intensidad, cuidado y esmero apropiado, en forma, tiempo y lugar convenido; II.-…

¿Está vigente el artículo 106?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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