Código Administrativo estatal

Artículo 1284 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para gestionar el otorgamiento de la concesión o permiso a que se refiere el artículo anterior, deberá elevarse una solicitud al Gobierno del Estado la cual contendrá los requisitos siguientes:

I.- Nombre y domicilio del solicitante;

II.- Clase de obras que intenta construir o descripción del anuncio que pretende instalar;

III.- Ubicación de la obra o anuncio;

IV.- El plano de la obra o de la estructura, en su caso, con la especificación de los materiales que vayan a emplearse.

A la solicitud se adjuntarán los documentos que comprueben la nacionalidad mexicana del peticionario o la constitución legal de la sociedad y los planos o croquis de la obra proyectada.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1284 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Para gestionar el otorgamiento de la concesión o permiso a que se refiere el artículo anterior, deberá elevarse una solicitud al Gobierno del Estado la cual contendrá los requisitos siguientes: I.- Nombre y domicilio…

¿Está vigente el artículo 1284?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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