Artículo 1288 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El procedimiento para declarar la caducidad o revocación de las concesiones o de los permisos, respectivamente, será el siguiente:
I.- El Gobierno del Estado comunicará la decisión de declarar caduca la concesión o de revocar el permiso a los interesados, los cuales tendrán un término de quince días para alegar lo que a su derecho conviniere, aportando durante ese mismo período las pruebas que juzgaren necesarias.
II.- Cumplidos los quince días, el Gobierno del Estado, dentro de un término de diez días, pronunciará su fallo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.