Código Administrativo estatal

Artículo 1289 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando del fallo se desprenda que el concesionario o permisionario dio motivo para la caducidad o revocación, éste perderá, a favor del Gobierno del Estado, la fianza que hubiere otorgado al concedérsele el permiso o concesión. En caso contrario, además de que no podrá imponérsele sanción alguna, tendrá derecho preferente sobre nuevos solicitantes, para que se le otorguen otras concesiones o permisos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1289 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Cuando del fallo se desprenda que el concesionario o permisionario dio motivo para la caducidad o revocación, éste perderá, a favor del Gobierno del Estado, la fianza que hubiere otorgado al concedérsele el permiso o…

¿Está vigente el artículo 1289?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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