Código Administrativo estatal

Artículo 1457 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los habitantes del Estado están obligados a suministrar con veracidad y oportunidad los datos e informes que se les pidan para fines estadísticos y a prestar auxilio y cooperar en el desarrollo de los censos locales.

Los datos e informes que los particulares proporcionen para fines estadísticos serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse, en ningún caso, en su forma nominativa, ni harán prueba en juicio o fuera de él.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1457 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Los habitantes del Estado están obligados a suministrar con veracidad y oportunidad los datos e informes que se les pidan para fines estadísticos y a prestar auxilio y cooperar en el desarrollo de los censos locales.…

¿Está vigente el artículo 1457?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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